Derivaciones Intraprovinciales
Requisitos para derivaciones dentro de la provincia
- Los afiliados del interior de la provincia que requieran por pedido médico la derivación a la Capital, deberán presentarse ante la delegación de IPS que corresponda, con la documentación que avale su traslado.
- En las delegaciones que cuentan con auditor medico, éste deberá respaldar con su firma la autorización del traslado evaluando la necesidad de acompañante o no del afiliado.
- En las delegaciones que no haya auditor medico, el delgado responsable de la misma gestionara la derivación, la que quedará sujeta a la Junta Médica para su aprobación como así también la necesidad de acompañante o no para el afiliado.
- En caso de aprobarse la necesidad de un acompañante para el afiliado, el acompañante deberá presentar a la hora de iniciar los trámites Carnet de Afiliado y DNI en donde se constate que el domicilio del mismo coincide con el lugar de locación del afiliado que solicitó la derivación.
- Las delegaciones del interior otorgan los pasajes correspondientes o el equivalente en efectivo a los afiliados derivados que deberán ser rendidos en dicha delegación a su regreso.
- Los reintegros de pasajes que se efectuaren en Salta se tramitaran en el departamento de Reintegros (España 782) previo visto bueno de Auditoría Médica.
- El afiliado es derivado con la Certificación Medica, una vez llegado a la Capital hará visar en la Obra Social (Mitre 355) por el auditor medico dicho documento.
- En caso de no contar con familiares en la Capital el afiliado deberá solicitar el alojamiento en Hoteles que tienen convenio con la Obra Social, requiriendo la autorización para dicho trámite en el Centro Operativo en Mitre 355.
- Una vez que el afiliado derivado cumplió con todos los requisitos procederá a efectuar el estudio o control médico motivo de su derivación.
- Una vez cumplimentada la parte médica, el afiliado hará visar con el auditor medico la Certificación Médica, siempre que se constate que los mismos correspondan con la fecha de la derivación dando por concluido el trámite de la derivación.
El afiliado deberá presentar a su regreso en la delegación que corresponda los comprobantes de pasajes a Salta para el correspondiente reintegro, respaldado con la Constancia Médica autorizada y visada por la auditoría medica, en la misma queda registrado por el profesional tratante la necesidad o no de otra derivación.